10.- VIVIENDA

Art. 47.1.“Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.”

 10.1.- INMUEBLES

 a.- Realizaremos un catálogo de inmuebles de propiedad municipal en el que conste disponi- bilidad, usos y estado de conservación.

.- Creación de un inventario con número, características y ubicación del conjunto de los bienes que conforman el mobiliario urbano municipal, para mejorar su gestión, adquisición y compra.

.- Impediremos la venta de patrimonio público de suelo.

.- Destinaremos el 1% del presupuesto municipal anual a aumentar el patrimonio público de suelo, con la intención de orientarlo en función de las necesidades y finalidades de este programa.

b.- Exigiremos la construcción de locales comerciales en todas las promociones públicas de viviendas que se lleven a cabo en nuestra ciudad.

 

10.2.- LA VIVIENDA ES TU DERECHO

a.- Priorizaremos la aprobación de una Ordenanza para regular los planes de alquiler social financiados por el Ayuntamiento en línea con la nueva Ley de Vivienda.

.- Priorización de medidas dirigidas a la rehabilitación sobre la construcción de vivienda nueva.

.- Impediremos la construcción de promociones de viviendas desvinculadas del entramado urbano.

 

10.3.- LA VIVIENDA RUINOSA Y LA VIVIENDA VACÍA: MEDIDAS

a.- Pondremos en marcha un plan de alquiler social, centrado en la subvención de contratos de alquiler ya vigentes, para que no se traslade al precio el importe de la subvención.

b.- Crearemos un parque municipal de vivienda destinado a la cobertura de situaciones de emergencia social.

c.- Desarrollaremos programas de divulgación de las ayudas a la rehabilitación y al alquiler de otras administraciones públicas.

d.- Facilitaremos viviendas de protección oficial destinadas a los mayores, cuya adjudicación y precio de alquiler se determinarán en función de los ingresos o patrimonio de los adjudicatarios.

e.- Crearemos una oficina municipal para la protección de los derechos y asesoramiento legal de arrendadores y arrendatarios de viviendas dedicadas al uso residencial, así como de aquellos que adquieran una vivienda en régimen de propiedad.

 

10.5.- COMBATIREMOS LA ESPECULACIÓN

a.- Penalizaremos la especulación incrementando los tipos a aplicar en el impuesto de plusvalía en las enajenaciones que se produzcan en los primeros años de tenencia de la propiedad.

b.- Impediremos la recalificación de terreno industrial en usos residenciales.

c.- Propiciaremos la devolución a la Junta de Extremadura de todas las viviendas de protección oficial cuyo uso por su propietario incumpla los términos legales que motivaron su adjudicación.

d.- Crearemos un censo de viviendas vacías para valorar la situación del sector y la detección de necesidades de la población.

e.- Pondremos en marcha de un plan de fomento de la autoconstrucción o constitución de cooperativas de viviendas. Propuesta de creación de una línea de ayudas a fondo perdido y la cesión de suelo público para la materialización de este tipo de iniciativas en colaboración con otras administraciones públicas.

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